Entre las diferentes normativas que se modifican en el real decreto 828/2013 de 25 de octubre, está la que a partir de 01-01-2014 obligará a todas las comunidades de propietarios a presentar anualmente el modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas.
Ello representa informar a la hacienda pública de los gastos e ingresos realizados durante el año natural con proveedores, (ascensoristas, obras, reparaciones, etc.) y clientes de la comunidad de propietarios, (arrendamientos de fachadas, terrados, alquiler vivienda portería no exento de iva, etc.), que superen el importe de 3.005,06 euros anuales con iva incluido.
Entre las particularidades de la declaración a presentar por las comunidades de propietarios estarán las siguientes:
- La información se suministrará con datos anuales y no en columnas trimestrales como en estos momentos deben realizar los empresarios y profesionales.
- No se deberá presentar información sobre las operaciones de “compras” de los suministros de agua, energía eléctrica y combustibles y las derivados de pagos de seguros cuyo tomador y asegurada sea la comunidad de propietarios.
La primera declaración deberá realizarse durante el mes de febrero de 2015.