Según la Llei 2/2014 de 27 de Enero publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, a partir del 1 de febrero de 2014 varia el tipo aplicable por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales de las operaciones de arrendamiento, siendo éste del 0,3 % sobre la base imponible.
Para el año 2015 se ha aprobado en el mismo artículo, que dicho tipo suba al 0,5 %.
Asimismo se aprueba que dicho impuesto deberá autoliquidarse mediante modelo que debe aprobar la consellería correspondiente. Ello implica la eliminación de la posibilidad del uso de timbres como forma de liquidación del impuesto.