La Generalitat de Catalunya ha establecido una tasa por la tramitación de los cédulas de habitabilidad de los inmuebles destinados a vivienda.
Inmuebles de primera ocupación:
- Por vivienda : 39 euros
- Por inmuebles entre 2 y 5 viviendas: 24 euros por vivienda
- Por inmuebles con 6 o más viviendas: 18 euros por vivienda
Inmuebles de segunda ocupación:
- Por vivienda : 18 euros
Entrada en vigor: 27 de enero de 2014