El pasado 6 de junio de 2014 la Subdirecció General de Seguretat Industrial de la Generalitat de Catalunya, elaboró Nota Aclaratoria sobre la documentación necesaria para realizar ciertos trámites referentes a las instalaciones eléctricas de baja tensión.
Específicamente en el caso de inmuebles en régimen de alquiler, hemos de destacar que cuando se realice el cambio de nombre entre inquilinos y propietarios, será obligatorio justificar las condiciones de seguridad de las instalaciones eléctricas en cualquier contrato de suministro eléctrico que supere los 20 años de antigüedad o en el caso de altas nuevas.
Dichas condiciones de seguridad se podrán justificar mediante el pertinente Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas.
A efectos prácticos ello obligará a solicitar la revisión de todas las instalaciones eléctricas que tengan más de 20 años de antigüedad y su necesaria adaptación en el caso de que no cumplan con las normas básicas de seguridad, lo cual impedirá su comercialización y alquiler hasta recibida la correspondiente autorización por parte del organismo competente.