Con efecto desde 1 de enero de 2016 los ayuntamientos podrán bonificar el recibo del IBI hasta un porcentaje máximo del 20%.
Esta bonificación estará condicionada a la acreditación delante de los ayuntamientos del certificado energético del inmueble.
Se establece una tabla de bonificaciones en relación a la calificación energética del inmueble.
- Calificación A hasta un máximo del 20 %
- Calificación B hasta un máximo del 16 %
- Calificación C hasta un máximo del 12 %
- Calificación D hasta un máximo del 8 %
- Calificación E hasta un máximo del 4 %
- Calificación F, G o que no tengan certificado energético no podrán beneficiarse de bonificación alguna.